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Subirán las retribuciones para instalaciones fotovoltaicas de más de 100 kilowatios y se mantienen las de potencia inferior. Crea un registro obligatorio en el que habrá que depositar un 2% de la inversión prevista.
Las aguas parecen volver a su cauce tras la polvoreda levantada el pasado verano a causa de la aprobación del decreto que desvinculó las retribuciones a las renovables de la tarifa media de referencia. Ayer, el Gobierno español remitió para su evaluación a la Comisión Nacional de Energía su propuesta tarifaria para los próximos cuatro años. Su mensaje es el de "rentabilidad y estabilidad".
"La apuesta gubernamental a favor de estas tecnologías energéticas ha sido la razón por la que en la nueva regulación se busca una estabilidad en el tiempo que permita a los empresarios una programación a medio y largo plazo, así como una rentabilidad suficiente y razonable que, unida a la estabilidad, dote de atractivo a la inversión y a la dedicación a esta actividad", indicó ayer el Ministerio de Industria en un comunicado.
En cuanto a la rentabilidad, la nueva regulación garantiza un porcentaje medio del 7% a una instalación eólica, hidráulica en el caso de optar por la tarifa regulada, y una rentabilidad entre el 5% y el 9% si participa en el mercado de producción de energía eléctrica.
El borrador del nuevo decreto, que tendrá el mismo rango normativo que al que sustituye, el 436/2004, recoge las siguientes retribuciones para la generación en Régimen Especial, entre las que se incluyen las energías renovables:
- Fotovoltaica: En la opción de tarifa regulada, se incrementan las primas para instalaciones de potencia superior a los 100 kilowatios (KW) y se mantiene la retribución de las plantas de potencia inferior.
- Solar termoeléctrica: En tarifa regulada, la rentabilidad prevista es de un 8%; entre un 7 y un 11%, si opta por el mercado de producción. La subida es de un 17%.
- Eólica e hidráulica: Un 7% de rentabilidad en tarifa regulada y entre un 5 y un 9% en el mercado.
- Biomasa y biogás: El incremento previsto para la retribución de la biomasa varía entre un 50% y un 100%, para el biogás entre un 16% y un 40%. En tarifa regulada, la rentabilidad prevista es de un 8%; entre un 7 y un 11%, si opta por el mercado de producción.
En general, cuando las instalaciones opten por participar en el mercado de producción, la prima obtenida será variable en función del precio del mercado resultante en cada hora. Para ello, se establecen unos límites inferior y superior para cada una de las tecnologías. Según este sistema, la prima se ajustará de tal forma que la retribución total que obtendrá una instalación se encontrará en cada hora entre esos límites.
Las tarifas, primas y límites superior e inferior, así como otros complementos, serán actualizados anualmente con el IPC.
Un 2% de aval
La novedad más llamativa propuesta en el borrador de Industria es la creación de un registro de potencia instalada que permitirá conocer el grado de cumplimiento de los objetivos recogidos en el Plan de Energías Renovables. La inclusión en este registro será obligatorio y dará derecho a las retribuciones reguladas en el decreto.
Para tal fin, el texto instituye un aval que deberán satisfacer todas las instalaciones de régimen especial al solicitar su inscripción en el Registro de Potencia. Este aval se fija en un 2% del presupuesto de la instalación. Dará derecho a la inscripción en el Registro de Potencia Instalada, y será devuelto una vez que la instalación esté autorizada.
La nueva normativa no tendrá carácter retroactivo y se mantiene hasta 2010, año en que las tarifas y primas serán revisadas.
Durante el año 2008, se iniciará la elaboración de un nuevo Plan de Energías Renovables para su aplicación en el período 2011-2020. Los nuevos objetivos que se establezcan se considerarán en la revisión del régimen retributivo prevista para finales de 2010.
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